El Tribunal Supremo ha dado un paso decisivo en la eliminación de la discriminación fiscal que durante años han sufrido los no residentes en España. En una sentencia de marzo de 2025, el Alto Tribunal declaró contraria al Derecho de la Unión Europea la normativa que imponía a los fondos de inversión extranjeros una tributación muy superior a la de los residentes. Mientras que los vehículos españoles soportaban un tipo reducido del 1 %, los no residentes eran gravados con un 21 % o más, una diferencia que el Supremo consideró injustificada y contraria a la libre circulación de capitales recogida en el artículo 63 del Tratado de Funcionamiento de la UE.
En paralelo, la Audiencia Nacional, en julio de este mismo año, ha extendido la posibilidad de deducir gastos en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes a contribuyentes extracomunitarios. Hasta ahora, esta deducción solo era reconocida a residentes en la Unión Europea o en el Espacio Económico Europeo. La Sala entendió que esta limitación vulneraba tanto la normativa comunitaria como los convenios de doble imposición, al imponer un trato desigual a quienes se encuentran en situaciones objetivamente comparables.
Ambas resoluciones suponen un cambio sustancial en la interpretación de la normativa española, que deberá ajustarse a los principios de igualdad y no discriminación. En la práctica, esto abre la puerta a que particulares y fondos de inversión no residentes revisen sus autoliquidaciones pasadas, reclamen devoluciones de ingresos indebidos y exijan un trato equiparable al de los residentes.
El mensaje de los tribunales es claro: la residencia, por sí sola, no puede ser un criterio válido para imponer cargas fiscales diferenciadas. Este giro jurisprudencial no solo tiene impacto en los arrendamientos de inmuebles o en la inversión extranjera tradicional, sino que también proyecta consecuencias en un escenario emergente como el de la criptofiscalidad. La equiparación de derechos y obligaciones tributarias será esencial en un mercado globalizado donde el capital —sea fiat o digital— fluye sin fronteras.
En definitiva, el Supremo y la Audiencia Nacional marcan el camino hacia una fiscalidad más justa y adaptada a los principios europeos, abriendo nuevas oportunidades para quienes hasta ahora veían limitados sus derechos por el mero hecho de residir fuera de España.